Usuarios de la vía Bogotá – Villavicencio con beneficio de Tarifa Diferencial deben acreditar anualmente su lugar de residencia

 Usuarios de la vía Bogotá – Villavicencio con beneficio de Tarifa Diferencial deben acreditar anualmente su lugar de residencia

Usuarios de la vía Bogotá – Villavicencio con beneficio de Tarifa Diferencial deben acreditar anualmente su lugar de residencia

A través de un comunicado la Concesionaria Vial Andina informó a los usuarios del corredor vial Bogotá – Villavicencio que se encuentran cobijados con el beneficio de Tarifa Especial Diferencial que les fue otorgado por la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI) que deben acreditar anualmente su lugar de residencia. Esta solicitud obedece a lo establecido en el numeral 5.4 de la Resolución 0006137 de 2013 “Actualización de Documentos, es necesario acreditar el lugar de residencia una vez cada año; el cual debe corresponder con el presentado al momento de efectuar la solicitud de beneficio”.

Tarifa Especial Diferencial
Tarifa Especial Diferencial

En ese sentido, todos los usuarios que reciben este beneficio antes del 1 de julio de 2021, deberán presentar el Certificado de Residencia expedido por la Alcaldía Municipal del municipio en el que residan. Este documento en original debe radicarse ante las oficinas de Atención al Usuario de las sedes de Buenavista y Boquerón. Si el documento que le expide el ente territorial es con firma digital (PDF) con link de verificación, podrá ser remitido al correo: tecnicodeoperacion@coviandina.com y en copia a atencionalusuario@coviandina.com

Plazo de entrega del Certificado de Residencia

Como beneficiario de esta medida de Tarifa Especial Diferencial debe tener en cuenta que el plazo máximo para la entrega del documento en mención es el próximo 31 de marzo de 2022. Pasada esta fecha, las personas que no hayan entregado el documento automáticamente les será inactivado el beneficio de Tarifa Especial Diferencial.

Para constatar la veracidad de la información consignada en el Certificado de Residencia que le expida al Alcaldía de su municipio, el concesionario y/o la interventoría efectúan visitas domiciliarias a las direcciones registradas. En caso tal de cambio de residencia, así sea dentro del mismo municipio es obligatorio notificar ante el concesionario  sobre esta novedad de los 15 días hábiles siguientes para que siga gozando de este beneficio. Recuerde además que a partir de la fecha esta información estará siendo solicitada cada año.